¿Te mueves en bicicleta al trabajo? Esto debes saber en caso de accidente

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Aprende a diferenciar si lo que te pasó es un accidente de trayecto o personal y qué medidas tomar. 

Llegada la temporada de verano, cada vez son más los socios de nuestro sindicato que se desplazan en bicicleta desde y hacia el canal.

Por ello, te entregamos algunas recomendaciones para que sepas diferencias un accidente de trayecto y uno personal. De acuerdo al  inciso 2º del artículo 5 de la ley 16.744 “son también accidentes del trabajo los ocurridos en el trayecto directo, de ida o regreso, entre la habitación y el lugar de trabajo, y aquellos que ocurran en el trayecto directo entre dos lugares de trabajo, aunque correspondan a distintos empleadores”.

Eso sí, en el sitio web de la Dirección del Trabajo, se establece que “no quedaría comprendido en el concepto de accidente de trayecto el evento que acontece en el antejardín de la casa habitación del trabajador pues corresponde a parte de la propiedad que habita el accidentado. Por el contrario, sería accidente de trayecto si el evento ocurriera en los pasillos y escaleras de un edificio, lugares que no son parte de su habitación sino que corresponden a bienes comunes del edificio, pertenecientes a la comunidad de copropietarios”.

Por su parte, la Asociación Chilena de Seguridad, establece las siguientes recomendaciones para los ciclistas

 – Conducción consciente: conduce con prevención y siempre a la defensiva. Evita exponerte, recuerda que tu cuerpo es la carrocería.
           Accesorios: usa casco protector y elementos reflectantes, sobre todo en la noche y cuando exista neblina.
           Ciclovías: siempre que puedas prefiere las ciclovías. Son rutas más seguras que disminuyen los riesgos de accidentes con automovilistas.
           Manubrio: maneja con ambas manos en el volante, no intentes maniobras arriesgadas.
           Cargas y pasajeros: no lleves cargas ni pasajeros en el manubrio. Ocupa parrillas, canastos y alforjas para transportar bultos.
           Normas legales: la Ley de Tránsito establece que la bicicleta también es un vehículo, por lo tanto, el ciclista debe respetar las normativas vigentes transitando por la calle y por la pista derecha, en caso que no existan ciclovías.  Además, no está permitido el uso de bicicletas en autopistas.
           Superficies peligrosas: evita el pavimento resbaladizo o fangoso que pueden hacerte perder el control de la bicicleta provocando accidentes.
          Vehículos estacionados: ten precaución con los autos estacionados al pasar por el lado de ellos, alguien puede abrir una puerta y provocar un accidente.
           Sin audífonos: nunca manejes escuchando música o hablando por teléfono. Un ciclista debe estar atento a los ruidos de la ciudad y los aparatos eléctricos bloquean este sentido.
Con respecto al uso de accesorios, el casco es obligatorio en zonas urbanas al igual que los elementos reflectantes que deben utilizarse de noche o de madrugada, y cuando las condiciones climáticas no permitan una adecuada visibilidad. Si los ciclistas no cumplen con estas normas, cometen “infracciones menos graves” y se exponen a multas de entre 0.5 y 1 UTM.
Te dejamos esta gráfica de la ACHS que explica con más detalles, qué se considera un accidente de Trayecto
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